La cuestión jurídica está resuelta, pero la práctica no. El acuerdo de aviación recientemente adaptado excluye al Sáhara Occidental; sin embargo, la Comisión Europea sigue tolerando que compañías aéreas de la UE operen allí.
Pie de foto: Un avión de Binter Airways después de despegar del aeropuerto de Dajla, en dirección a las Islas Canarias, desde el Sáhara Occidental ocupado, en 2024. Foto de Maria Klenner.
El 8 de julio de 2026, el Parlamento Europeo aprobó la conclusión del protocolo por el que se adapta el Acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la UE y Marruecos tras la adhesión de Croacia a la Unión Europea.
El acuerdo revisado fue aprobado por 625 votos a favor, 16 en contra y 20 abstenciones.
El protocolo tiene un carácter exclusivamente técnico y actualiza el acuerdo para reflejar la adhesión de Croacia a la UE. No modifica el ámbito territorial del acuerdo de aviación.
La votación puso de manifiesto diferentes opiniones sobre cómo debería abordar la UE las consecuencias prácticas del acuerdo. Western Sahara Resource Watch (WSRW) entiende que muchos eurodiputados apoyaron el protocolo precisamente porque se limita a adaptar el acuerdo existente tras la adhesión de Croacia y, de acuerdo con la jurisprudencia de la UE y las reiteradas declaraciones de la Comisión, no lo extiende al Sáhara Occidental.
Entre los pocos eurodiputados que votaron en contra, algunos argumentaron que, aunque el acuerdo en sí no se aplica al territorio, la Comisión no ha impedido que compañías aéreas de la UE operen vuelos al Sáhara Occidental ocupado fuera del marco jurídico del acuerdo, creando una situación inaceptable conforme al derecho internacional y al Derecho de la UE.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los acuerdos entre la UE y Marruecos solo pueden aplicarse dentro de las fronteras internacionalmente reconocidas de Marruecos, salvo que el pueblo del Sáhara Occidental haya dado su consentimiento. Sobre esta base, el Tribunal concluyó en 2018 que el acuerdo de aviación no puede interpretarse en el sentido de que se extienda al territorio del Sáhara Occidental.
La Comisión Europea ha confirmado reiteradamente esta interpretación y ha informado a las compañías aéreas de la UE de que, de acuerdo con la jurisprudencia europea, el acuerdo de aviación entre la UE y Marruecos «no se aplica a las rutas desde el territorio de un Estado miembro de la UE al territorio del Sáhara Occidental».
A pesar de esta clara posición jurídica, varias compañías aéreas europeas continúan operando rutas hacia aeropuertos del Sáhara Occidental ocupado. Ryanair, por ejemplo, ha puesto en marcha vuelos que conectan aeropuertos de la UE con Dajla, aunque estos servicios quedan fuera del ámbito del marco de aviación entre la UE y Marruecos.
Además de Ryanair, otras tres compañías han operado vuelos al Sáhara Occidental ocupado en los últimos años, además de la compañía estatal marroquí Royal Air Maroc: Transavia (filial de KLM-Air France), Air Arabia (Emiratos Árabes Unidos) y Binter Airlines (España).
WSRW se ha dirigido a KLM-Air France y Air Arabia, sin obtener respuesta.
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