La audiencia en el Parlamento Europeo planteó muchas preguntas, y pocas respuestas, sobre la reacción de la UE ante la sentencia del Tribunal de la UE que anuló los acuerdos bilaterales con Marruecos por la inclusión del Sáhara Occidental ocupado.
Ayer, 25 de octubre, el comité de comercio internacional del Parlamento Europeo (comité INTA) celebró una audiencia sobre la reciente sentencia del Tribunal General de la Unión Europea por la que se anulan los acuerdos comerciales y pesqueros UE-Marruecos por aplicarse al Sáhara Occidental ocupado. Aunque inicialmente se programó como una audiencia "a puerta cerrada", los eurodiputados presionaron con éxito para que la reunión fuera abierta al público y, de esta forma, se puede ver aquí.
Fue la primera discusión sobre el tema entre el Parlamento y la Comisión desde la histórica sentencia del Tribunal del 29 de septiembre y se produjo en medio de debates entre los Estados miembros de la UE sobre si apelar la decisión o no.
El Tribunal dictaminó que ningún acuerdo comercial con Marruecos puede incluir al Sáhara Occidental sin el consentimiento explícito del pueblo saharaui, y que este consentimiento se obtiene a través de la representación internacionalmente reconocida de los saharauis, el Frente Polisario.
Representantes de la Dirección General de Comercio (DG Trade), Dirección General de Aduanas y Fiscalidad (DG TAXUD) y Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de la Comisión Europea proporcionaron información sobre la situación a los eurodiputados presentes. Se puede leer una transcripción de sus declaraciones más abajo.
Nele Eichhorn, Jefa de Unidad de la DG Trade, reiteró la importancia de preservar las buenas relaciones con Marruecos, un importante socio comercial e inversor de la Unión, al tiempo que reconoció la necesidad de tener un marco legal claro y predecible para los operadores de la UE.
Dominic Schnichels, Director de Política Aduanera de la DG TAXUD, resumió la sentencia del Tribunal en cuatro puntos: el Tribunal General había concluido que el Frente Polisario estaba legitimado ante el Tribunal; que la extensión del acuerdo comercial con Marruecos al Sáhara Occidental había creado derechos pero también obligaciones para el pueblo del territorio, lo que requiere su consentimiento; el Frente Polisario es considerado el representante legítimo del pueblo del Sáhara Occidental en todos los aspectos, y no solo en relación con el proceso de la ONU; y finalmente que el Polisario no había dado su consentimiento para que el acuerdo comercial se aplicara al Sáhara Occidental. El Sr. Schnichels declaró que el Consejo tiene hasta el 16 de diciembre para decidir si apelar o no la sentencia. Subrayó repetidamente que no se había tomado ninguna decisión con respecto a una posible apelación. Las consecuencias inmediatas de no apelar implicarían la introducción de aranceles significativos para los productos originarios del Sáhara Occidental, que ni siquiera están cubiertos por el marco de nación más favorecida de la OMC, ya que el Sáhara Occidental no es miembro de la OMC. Mr Schnichels declaró que la Comisión proporcionará a finales de este año una actualización sobre los beneficios de aplicar el acuerdo comercial UE-Marruecos al Sáhara Occidental y sobre las conclusiones de la misión de la Comisión en el territorio en septiembre de 2021, que mostró que una parte significativa de la actividad económica en el territorio depende de la exportación a la UE.
Finalmente, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) buscó distanciarse de los comentarios un poco despectivos de la DG TAXUD en cuanto a la supuesta negativa del Polisario a participar en las "consultas" relacionadas con los acuerdos, y destacó que estuvieron en contacto con la mayoría de los grupos de la sociedad civil del Sáhara Occidental en 2018 como parte de las consultas sobre el acuerdo, incluido el Polisario que no participó formalmente en la consulta, pero que mantiene consultas técnicas periódicas con el SEAE, incluso durante el período de las consultas.
Las preguntas de los eurodiputados llegaron a continuación.
A modo de conclusión, el presidente del comité INTA, Bernd Lange (Alemania, S&D), subrayó que la respuesta de la Comisión a las preguntas de los diputados al Parlamento no había sido del todo satisfactoria. La relatora permanente de INTA, Van Brempt, se comprometió a convocar una reunión del grupo de seguimiento sobre el comercio con el Magreb para dar seguimiento a la discusión.
La sentencia del 29 de septiembre de 2021 no fue la primera de este tipo y no deja ninguna duda sobre su interpretación. Si bien aclara la personalidad jurídica del Frente Polisario como representante internacionalmente reconocido del pueblo del Sáhara Occidental, el Tribunal de la UE ha mantenido esencialmente la misma línea de razonamiento que en sus fallos de 2016 y 2018. Confirmó una vez más que el Sáhara Occidental tiene un estatus que es independiente y distinto de Marruecos y, como tal, debe considerarse como un tercero en cualquier acuerdo UE-Marruecos. Extender el alcance territorial de cualquier acuerdo de este tipo al territorio requiere necesariamente el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental a través de su representación, repitió el Tribunal, y agregó que las consultas a la población local realizadas por las instituciones de la UE no cumplieron con ese requisito, como ya fue denunciado en aquel momento, entre otros por Western Sahara Resource Watch.
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Transcripción no oficial realizada por WSRW de las declaraciones iniciales y las respuestas de la Comisión Europea y el SEAE, audiencia INTA del 25 de octubre de 2021
Declaraciones iniciales
Ms Nele Eichhorn, Jefa de Unidad para la Vecindad Sur de la DG TRADE:
“Muchas gracias, presidente Lange, honorables miembros. Gracias por la invitación al comité. Como hemos tenido la ocasión de presentar a esta Comisión anteriormente, cuando participamos en los intercambios de puntos de vista sobre la vecindad sur en general, o sobre el estado de las relaciones comerciales UE-Marruecos y su evolución en particular.
Marruecos es un importante socio comercial e inversor de la UE. Es el primer socio comercial de la vecindad sur y el vigésimo en general. El comercio entre la UE y Marruecos tiene un valor de 35 000 millones de euros: el valor de los bienes que se intercambian. Esta fue la cifra en 2020, por lo que de hecho es una relación importante y considerable.
El desarrollo de la relación comercial se ha apoyado en los diversos acuerdos celebrados entre la UE y Marruecos, en particular el Acuerdo de Asociación de 1996 que estableció una Zona de Libre Comercio, así como el acuerdo sobre la liberalización adicional del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos pesqueros que se firmó en 2010.
Es de suma importancia que los operadores económicos de ambas partes puedan tomar decisiones sobre la base de un marco jurídico claro y predecible, y en este contexto concedemos gran importancia a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea desde el punto de vista de sus impacto en el comercio.
En relación con las sentencias del Tribunal antes referidas, notamos que la Corte ha decidido mantener el efecto de las decisiones vigentes por el momento. Mi colega de la DG TAXUD, el señor Schnichels, le explicará ahora las implicaciones y las propias sentencias. Con su amable permiso, paso la palabra a mi colega de la DG TAXUD”.
Mr Dominic Schnichels, Director de Política Aduanera y Director en funciones de Relaciones Aduaneras Internacionales de la DG TAXUD:
“Señor Lange, honorables miembros, buenas tardes. Es un gran placer estar hoy aquí con ustedes. Mi nombre es Dominic Schnichels, soy el Director de Política Aduanera de la DG TAXUD y el Director en funciones de Relaciones Aduaneras Internacionales.
Permítanme comenzar con una breve descripción de las sentencias. Como ha explicado el presidente, el 29 de septiembre el Tribunal General anuló dos Decisiones del Consejo relativas a acuerdos internacionales con Marruecos. El primer acuerdo fue el acuerdo sobre la extensión de las preferencias arancelarias a los productos originarios del Sáhara Occidental, y el segundo acuerdo fue el acuerdo sobre pesca sostenible. Y el Tribunal decidió, como ha explicado el presidente, que los efectos de las Decisiones del Consejo se mantienen durante un período de dos meses para permitir el recurso de apelación contra la sentencia, y en caso de recurso por parte de las instituciones de la UE, hasta que se dicte sentencia. El Tribunal concedió este período de gracia, entre otras cosas, para preservar la seguridad jurídica sobre los compromisos internacionales de la Unión.
En esta reunión me gustaría centrarme en el acuerdo que extiende las preferencias arancelarias al Sáhara Occidental, el llamado acuerdo agrícola. Este acuerdo modifica los Protocolos 1 y 2 del Acuerdo de Asociación y amplía las preferencias arancelarias previstas en el Acuerdo de Asociación a los productos originarios del Sáhara Occidental. Este acuerdo entró en vigor el 19 de julio y, como saben, fue el resultado de un extenso y largo proceso de negociación, y entre otras cosas, el Parlamento Europeo también adoptó una resolución no legislativa dando su consentimiento al acuerdo. El acuerdo comenzó a aplicarse el 19 de julio de 2019. Desde entonces, podemos confirmar que el acuerdo se ha implementado sin problemas y que las aduanas de los Estados miembros no han planteado ningún problema con respecto a su aplicación. El acuerdo permitió que los productos del Sáhara Occidental puedan beneficiarse del régimen preferencial como se explica en el informe anual que la Comisión emitió en diciembre de 2020.
Permítanme ahora decir algunas palabras sobre la sentencia del Tribunal. En su sentencia de 29 de septiembre, el Tribunal General examina en primer lugar la admisibilidad del caso y la posición del Frente Polisario para iniciar el proceso judicial. El Tribunal General concluyó que el Polisario tiene legitimación y está directa e individualmente afectado por las Decisiones del Consejo, por lo que el caso era admisible. La Corte también consideró que el acuerdo constituía una extensión explícita del acuerdo con Marruecos al territorio del Sáhara Occidental, y que no solo creaba derechos para el pueblo del Sáhara Occidental, sino que también creaba obligaciones para él. Por tanto, los acuerdos deberían haber estado sujetos al consentimiento de la población interesada. A este respecto, el Tribunal General se refirió a la sentencia del TJUE del 16 de diciembre de 2016. La sentencia del Tribunal General establece además que el Frente Polisario es el representante legítimo del pueblo del Sáhara Occidental no solo con respecto al proceso de paz de la ONU, sino también de manera más general para cualquier aspecto o acto relacionado con el pueblo del Sáhara Occidental. Dado que el Frente Polisario no expresó su consentimiento para los acuerdos en cuestión, el Tribunal General concluyó que no se cumplía la condición establecida en la Sentencia del TJUE de 2016 para la extensión del acuerdo al Sáhara Occidental. En conclusión, el Tribunal General anuló la Decisión, así como la Decisión relativa a la pesca, pero mantuvo la aplicación durante el período en el cual pueda interponerse un recurso o hasta la sentencia del Tribunal de Justicia en apelación. El plazo para la presentación de un recurso vence el 16 de diciembre. De no presentarse un recurso de apelación, la consecuencia inmediata sería que las importaciones de productos del Sáhara Occidental dejarían de beneficiarse del beneficio preferencial proporcionado por el acuerdo. Por tanto, todas las importaciones del Sáhara Occidental estarían sujetas a aranceles importantes. Como el Sáhara Occidental no es miembro de la OMC, las importaciones desde el Sáhara Occidental ni siquiera tendrían derecho a beneficiarse del trato de Nación Más Favorecida según las normas de la OMC.
Permítanme pasar ahora a la posición de la Comisión. Desde la sentencia del Tribunal General, la Comisión ha estado evaluando cuidadosamente la decisión y está considerando las opciones para seguir adelante. Sin embargo, debo subrayar que en esta etapa no se ha tomado ninguna decisión y todavía queda bastante tiempo. A este respecto, también es importante señalar y subrayar que la causa judicial del Polisario se dirigió contra las decisiones del Consejo. Esto significa que corresponde principalmente al Consejo decidir si interponer un recurso de apelación o no.
Como se indica en la declaración conjunta del Alto Representante Borrell y el Ministro de Asuntos Exteriores de Marruecos, Bourita, del 29 de septiembre, ambas partes acuerdan que tomarán las medidas necesarias para asegurar un marco legal que garantice el mantenimiento y la estabilidad de las relaciones comerciales entre la UE y el Reino de Marruecos. La Comisión continuará sus esfuerzos para garantizar una correcta aplicación del acuerdo mientras sea aplicable. La Comisión también presentará su informe sobre el impacto del acuerdo antes de fin de año. Este informe se basará en la información recibida de varias fuentes, incluido el sistema de información establecido por Marruecos. También se basará en la visita técnica de los servicios de la Comisión al Sáhara Occidental a finales de septiembre. Esta visita, que incluyó numerosas visitas a instalaciones y encuentros con actores económicos y sociales, mostró que una parte considerable de la actividad productiva en el Sáhara Occidental depende de las exportaciones a la UE, y que el trato arancelario preferencial otorgado a las exportaciones del Sáhara Occidental juega un papel importante, incluso decisivo, en el desarrollo de determinadas actividades agrícolas y de elaboración de pescado en el Sáhara Occidental y, por tanto, en el empleo de la región.
Con esto concluyen mis declaraciones introductorias; obviamente, quedaría muy feliz de responder a sus preguntas. Muchísimas gracias."
En respuesta a las preguntas de los Eurodiputados
Mr Dominic Schnichels, Director de Política Aduanera y Director en funciones de Relaciones Aduaneras Internacionales de la DG TAXUD:
“Muchas gracias, el placer será mío, y si le parece bien, pasaría parte de las preguntas también a mi colega Fernando. Si escuché con atención, aunque estoy seguro de que podría haberme perdido algo, agruparía las preguntas esencialmente en tres o cuatro encabezados principales.
Creo que la primera pregunta por parte de la Sra. Van Brempt fue cuáles son los escenarios, qué va a suceder. Creo que en esta etapa hay 2 escenarios. El escenario número 1 es que tendremos una apelación y luego el acuerdo continuará aplicándose hasta que el Tribunal de Justicia haya dictado su sentencia. En caso de apelación, las instituciones de la UE que interpongan la apelación lo harán con el objetivo de que se confirme el acuerdo. El segundo escenario es que no habrá apelación y entonces el acuerdo expirará con las consecuencias que he descrito.
Y eso me lleva al segundo punto, que fue planteado por primera vez, creo, por el Sr. Kovatchev. Creo que también fue mencionado por muchos otros, por un lado cuestionando a la Sra. Bricmont, pero también hubo algunos que enfatizaron que hay beneficios significativos para la población del Sáhara Occidental y también, en particular el señor Alvárez, destacó que hay beneficios significativos para las empresas de la UE, como los pescadores de España que se benefician del acuerdo de pesca. Entonces, creo que esto es realmente lo que vemos: el acuerdo que se ha alcanzado ha traído ventajas para todas las partes, y creo que eso también lo confirman nuestros informes y nuestras visitas al Sáhara Occidental: que trae beneficios para la gente de Sáhara Occidental y, por supuesto, también para las empresas de la UE.
El tercer punto, nuevamente planteado originalmente por la Sra. Van Brempt, es la trazabilidad total: el origen de los productos, cómo podemos asegurarnos de que solo se beneficien los productos correctos. Esa es una pregunta que me gustaría que explicara mi colega Fernando.
Y luego creo que el último punto, el cuarto punto, es cómo llegar a un consenso o consentimiento por parte del pueblo del Sáhara Occidental. Esto ha sido planteado por muchos, nuevamente por la Sra. Van Brempt, por el Sr. Maurel, la Sra. Bricmont, el Sr. Schüster, la Sra. Beghin y el Sr. Campomenosi. Permítanme aclarar a este respecto que se llevaron a cabo muchas consultas, creo que ustedes saben, en el momento en que se negoció y concluyó el acuerdo, de hecho, para garantizar la participación adecuada de las personas involucradas. Todas las principales organizaciones de la sociedad civil del Sáhara Occidental y otras organizaciones, así como los órganos representativos, fueron invitados a estas consultas, y entre ellos también se encontraba el Frente Polisario. Pero, lamentablemente, el Frente Polisario se negó a participar en el proceso y no se comprometió con la UE. Eso es al menos, y creo que lo saben, que muchos de ustedes también mencionaron que es un asunto político realmente complicado, y creo que eso es simplemente cierto. Pero al final, por supuesto, solo cuando hablemos podremos encontrar una solución, pero realmente hicimos el esfuerzo, realmente intentamos hacer el esfuerzo y extender la mano, pero desafortunadamente no se respondió de manera positiva. Fernando, si se pudiera decir en el cuarto bloque, todo lo relacionado con la trazabilidad y cómo aseguramos el origen de los productos. Gracias."
Mr Fernando Perreau de Pinninck de la DG TAXUD:
“Gracias, señor presidente, abordaré las cuestiones de trazabilidad, así como la cuestión de cómo respetar las condiciones del acuerdo.
En cuanto a la trazabilidad, los productos originarios del Sáhara Occidental van acompañados de un certificado de origen emitido por las autoridades aduaneras marroquíes. Este es el procedimiento previsto en el acuerdo y se respeta. Los certificados no especifican de dónde proceden realmente los productos, pero si hubiera alguna duda sobre el verdadero origen de los productos, si tienen o no derecho a las preferencias, en esos casos las autoridades aduaneras de los Estados miembros pueden solicitar la verificación de origen a las autoridades aduaneras marroquíes para comprobar de dónde es originario el producto, si el producto ha sido importado de acuerdo con las condiciones establecidas en el acuerdo y si el producto tiene derecho a preferencias. Estamos en contacto regular con las autoridades aduaneras de los Estados miembros y estamos recopilando la información sobre cuántas solicitudes han realizado y, aparentemente, la información inicial que tenemos es que no hay muchas, ni una gran cantidad de solicitudes de verificación, lo que significa que las autoridades aduaneras de los Estados miembros no parecen tener serias preocupaciones sobre las importaciones del Sáhara Occidental.
Aquí hay un elemento que quizás mencione de pasada, en lo que respecta al llamado etiquetado, o marcado de origen, que es un tema diferente que no se aborda en el acuerdo porque se trata de la comercialización de productos, una vez que el producto está dentro de la UE. Así que dejo esta pregunta ahora afuera.
Con respecto a las condiciones de importación, en realidad, los productos del Sáhara Occidental utilizan el mismo contingente que el proporcionado a Marruecos. En otras palabras, el hecho de que el acuerdo extienda las preferencias al Sáhara Occidental no implica que vaya a haber un aumento de las exportaciones de Marruecos, especialmente de tomates que, como saben, están sujetos a límites cuantitativos. Así que en ese sentido podemos decir que el impacto que esto tendrá para los productores europeos de tomate es en realidad muy limitado porque en cualquier caso no se superará la cuota, y esto está muy estrictamente controlado por la aduana bajo un sistema que asegura que siempre se respetarán estas cantidades.
Gracias."
Ms Nele Eichhorn, Jefa de Unidad para la Vecindad Sur de la DG TRADE:
“Quizás solo para abordar la cuestión de cómo preservar la relación comercial: como dije, no hay duda de que se trata de una relación comercial importante entre la UE y Marruecos. La declaración conjunta del Alto Representante y Vicepresidente y el Ministro de Relaciones Exteriores de Marruecos a finales de septiembre también dijo que se tomarán medidas para asegurar el marco legal, que garantiza la continuidad y estabilidad de las relaciones comerciales. Mientras tanto, seguimos aplicando el Acuerdo de Asociación, obviamente, y el comercio implícito. Y como dije también, y Dominic mi colega de la DG TAXUD, por ahora los efectos de estos acuerdos siguen vigentes, por lo que haremos todo lo posible para trabajar internamente, trabajar también con Marruecos, identificar intereses comunes, y espero que probablemente nos invitarán a volver al comité para explicar más adelante cómo van las cosas mientras tanto. Pero por ahora, creo que solo tenemos que tomar nota de que el efecto sobre el comercio no se ha alterado, como dijimos hoy. Gracias.
Mr Colin Steinbach, Jefe adjunto de la División del Magreb en el Servicio Europeo de Acción Exterior:
“Muchas gracias, y gracias, señor presidente, por darme la palabra también a mí, y a todos los honorables diputados por sus preguntas e intervenciones. Creo que la mayoría de las preguntas ya han sido abordadas por mis colegas de la Comisión Europea. Había una que quizás querría completar un poco, que trataba sobre los contactos con el Frente Polisario. Si bien mi colega ya ha mencionado que efectivamente hubo contactos con muchas organizaciones conocidas, o todas las conocidas, de la sociedad civil y otras organizaciones del Sáhara Occidental, y con cualquier otro organismo que esté interesado en las cuestiones económicas, sociales y políticas relativas al Sáhara Occidental, esto sucedió en el período previo a los acuerdos, en la preparación de las consultas a los actores con relevancia. Como mencionó mi colega, el Frente Polisario no participó formalmente en este proceso de consulta, aunque fue invitado. Pero solo quería agregar que tenemos reuniones periódicas a nivel técnico con el Frente Polisario y que estas reuniones también se llevaron a cabo, de manera informal y técnica, durante estas consultas. Y el SEAE permanece abierto, obviamente, a nuevos debates y continúa con estas reuniones también ahora y en el futuro. Gracias."
… en tan solo un año, y únicamente en virtud del acuerdo comercial entre la UE y Marruecos.
WSRW ha resumido las conclusiones clave de las históricas sentencias sobre el Sáhara Occidental del Tribunal de Justicia de la UE, del 4 de octubre de 2024.
El Parlamento Europeo se ha manifestado a favor de celebrar debates en tres comisiones parlamentarias sobre la exclusión del Sáhara Occidental de los acuerdos comerciales entre la UE y Marruecos.
¿Vas a votar en las elecciones de la UE? Encuentra aquí una lista de los candidatos al Parlamento Europeo que han apoyado la ocupación marroquí del Sáhara Occidental en controvertidas votaciones anteriores. Elegid con cabeza.