Así argumentan las empresas
6137c74f41e14_CIMAR

Las empresas internacionales que operan en el Sáhara Occidental ocupado utilizan una combinación de argumentos para respaldar su presencia. Ninguno de ellos es válido.

10 enero 2022

Foto (APSO): Una de las dos fábricas de HeidelbergCement cerca de El Aaiún.

1. "Nuestro trabajo es beneficioso para el Sáhara Occidental". 

Siemens Gamesa afirmó que "una mejora de la infraestructura energética aportará un valor real a las comunidades y las personas, a nivel nacional y local". La compañía agrega que se crean empleos para los “locales” y que apoyan proyectos comunitarios que van desde la plantación de árboles hasta la instalación de contenedores de basura. “Queremos subrayar nuevamente que el proyecto eólico de Bojador beneficiará al pueblo del Sáhara Occidental y contribuirá al desarrollo socioeconómico de este territorio”, escribió Enel Green Power.

El 29 de septiembre de 2021 el Tribunal de Justicia de la UE dictaminó específicamente que la cuestión de los beneficios no tiene relevancia: lo que importa es si el pueblo del Sáhara Occidental ha otorgado su consentimiento “libre y genuino”. Pretender hacer algo en beneficio del pueblo del Sáhara Occidental, sin siquiera pedir su aprobación, recuerda a la época colonial. La facilitación del asentamiento de marroquíes en el territorio afianza aún más la ocupación y constituye un crimen de guerra según el Estatuto de la Corte Penal Internacional.

Enel, ACWA y ENGIE afirman poseer evaluaciones de impacto social que demuestran estos supuestos beneficios. Ninguno de estos documentos es público, ni tampoco lo son sus términos de referencia. Por lo tanto, no es posible para el pueblo del territorio comentar el contenido de estos informes. Tampoco es posible saber si los estudios han tenido en cuenta que los propios proyectos se llevan a cabo en violación del consentimiento de los saharauis. Todos los estudios parecen haber sido realizados por organizaciones marroquíes o internacionales, y WSRW no tiene conocimiento de que ni un solo grupo saharaui que defienda la autodeterminación, incluida la representación reconocida por la ONU, el Polisario, haya sido contactado alguna vez por cualquiera de las agencias que redactan los documentos. Aparentemente, todos los estudios abordan los beneficios para las "poblaciones locales". Una evaluación de impacto no puede sustituir el derecho al consentimiento del pueblo del territorio.

2. "No nos involucramos en política''.

Firmar contratos con el gobierno marroquí u organismos estatales para la construcción de infraestructuras en el Sáhara Occidental, asociándose con una empresa propiedad de la misma monarquía responsable de la invasión y ocupación del territorio, es un acto altamente político.

"Como le hemos dicho en nuestra correspondencia anterior, no podemos dar respuestas directamente relacionadas con ninguna situación política local y/o internacional, ya que es y sigue siendo política del Grupo Enel no tomar posición sobre asuntos políticos", escribió Enel a WSRW.

De la misma manera, Enel solo está dispuesta a “comprometerse con cualquier parte interesada siempre que se relacione con el proyecto y sus beneficios y no con ningún tema político”. De esta manera, Enel está definiendo la autodeterminación (que es un derecho del pueblo saharaui) como una cuestión política que no quiere abordar. Sin embargo, se refiere a la ubicación de sus proyectos como “ubicados en el sur del país”, en referencia a Marruecos, sin distinguir entre los territorios e ignorando el derecho internacional aplicable. Eso es política.

3. "No nos comprometemos con el derecho público internacional".

Siemens escribió a WSRW que "empresas como la nuestra, por otro lado, se abstienen, como cuestión de política interna, de tomar posiciones o emitir juicios sobre tales cuestiones [derecho público internacional]".

Al mismo tiempo, Siemens Gamesa etiqueta el Sáhara Occidental como "Sur de Marruecos" incluso en septiembre de 2020.

Tal enfoque no significa abstenerse de tomar una posición sobre cuestiones de derecho internacional, sino ignorar por completo el derecho internacional. 

4. “No implica la extracción física de recursos naturales”.

“Los parques eólicos son fundamentalmente diferentes de, digamos, las minas, que extraen recursos finitos de manera irreversible. El viento en el Sáhara Occidental, por el contrario, es una fuente de energía renovable, y la operación de los parques eólicos de ninguna manera lo disminuye”, escribió Siemens a WSRW en octubre de 2016.

Enel se hizo eco de esa afirmación en junio de 2020, afirmando que “también nos gusta recordar que el proyecto Bojador es un parque eólico sin explotación ni agotamiento de ningún recurso no renovable en ese territorio”.

En primer lugar, desde la perspectiva del derecho internacional público, Marruecos no tiene derecho a explotar recursos, renovables o no, dentro de las fronteras internacionalmente reconocidas del Sáhara Occidental.

En segundo lugar, todos los parques eólicos actualmente operativos están proporcionando energía a usuarios finales industriales en el territorio que están en el negocio de extraer recursos finitos, y se sabe que varios futuros proyectos seguirán su ejemplo: el 95% de la energía necesaria para la explotación de las reservas de fosfato del Sáhara Occidental proviene del parque Foum El Oued. Como tal, el sector renovable en el territorio facilita el saqueo continuo del Sáhara Occidental por parte de Marruecos.

5. “Obtener el consentimiento es imposible”.

Después de años de preguntar a Siemens si había obtenido el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental, la empresa declaró en abril de 2020 que su evaluación jurídica externa había confirmado “la imposibilidad de buscar el consentimiento de la población en un área donde una potencia administrativa ejerce la soberanía de facto”.

Hay mucho que analizar en esa frase.

En primer lugar, el concepto de "soberanía de facto" no existe en el derecho internacional. El uso del término "de facto" es exactamente para disociarlo de "de jure" y no se refiere a la relación jurídica de Marruecos con la tierra que ha invadido militarmente.

En segundo lugar, no está claro qué se entiende por "potencia administrativa". La ONU ha asignado a cada territorio no autónomo una "potencia administradora" relevante, excepto al Sáhara Occidental. El único país que tiene tal obligación en el Sáhara Occidental es España. El concepto de poder administrador de facto no existe en el derecho internacional: la administración se lleva a cabo de manera legal o ilegal, pero nunca ‘de facto’.

En tercer lugar, no es la población del Sáhara Occidental la que debe expresar su consentimiento, sino el pueblo del Sáhara Occidental. Existe una diferencia fundamental: la población actual del territorio está compuesta mayoritariamente por colonos marroquíes, mientras que el pueblo del territorio vive disperso bajo la ocupación, en campamentos de refugiados en Argelia o como residentes en otros países. La diferencia también se explica explícitamente por el Tribunal de Justicia de la UE el 29 de septiembre de 2021.

En cuarto lugar, la ONU ha reconocido al Polisario como representante del pueblo del Sáhara Occidental y el Polisario representa al pueblo saharaui en todos los aspectos de su derecho a la autodeterminación, incluida la dimensión económica. Esto también fue subrayado por el Tribunal de la UE el 29 de septiembre de 2021. Por ejemplo, el Polisario representa al Sáhara Occidental ante la Comisión Económica de las Naciones Unidas para África. Las empresas extranjeras pueden ponerse en contacto con las autoridades saharauis en sus oficinas administrativas en los campos de refugiados saharauis y en el Sáhara Occidental, o a través de sus representantes en muchos países, incluidos por ejemplo España y Alemania.

6. “Es conforme a las leyes aplicables”. 

“La formulación de la estrategia corporativa de Siemens Gamesa […] se guiará por el marco legal pertinente”, afirmó el CEO de Siemens, Joe Kaeser, en julio de 2020 cuando se le preguntó sobre la participación de la compañía en los parques eólicos de Marruecos en el Sáhara Occidental. La noción de “marcos legales aplicables” es un clásico en las respuestas de las empresas al respecto, pero en realidad nunca explican a qué marco legal se refieren. ¿Las leyes de qué país? ¿Cómo puede regir la ley marroquí los contratos para proyectos en un territorio que tiene un estatus separado y distinto de Marruecos, ubicado fuera de sus fronteras internacionalmente reconocidas?

La construcción y el mantenimiento de infraestructura energética en el Sáhara Occidental solo pueden ser entregados por las autoridades saharauis de acuerdo con la regla del consentimiento. Los permisos y autorizaciones otorgados bajo la ley marroquí no tienen validez legal en el Sáhara Occidental. Las operaciones de Siemens en el territorio se dan en un vacío legal y socavan los derechos soberanos del pueblo saharaui sobre su territorio nacional y sus recursos naturales.

7. “La empresa ha recibido ‘asesoramiento jurídico externo’”.

¿Son públicos estos dictámenes legales? ¿Quién los escribió? ¿Cuáles fueron los términos de referencia? ¿Los dictámenes legales evalúan el estatus legal del territorio, la legalidad de la presencia de Marruecos en el territorio y el derecho a la autodeterminación? Si tales dictámenes no son públicos para que el pueblo saharaui o terceros los analicen, a juicio de WSRW, no tienen relevancia.

8. “Las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE se refieren a la práctica de los Estados, no de las empresas”.

El derecho al consentimiento es universalmente aceptado. El principio del efecto relativo de los tratados (es decir, que un tratado no crea obligaciones o derechos para un tercero sin su consentimiento) es un principio general del derecho contractual que existe en todos los sistemas jurídicos, ya sea internacional o nacional.

9. “Esta situación requiere una solución política, que involucre a los gobiernos y no a las empresas”

Así lo afirma, por ejemplo, Siemens Energy. Nadie ha pedido a las empresas que solucionen el conflicto del Sáhara Occidental. Lo único que se les pide es que no aviven el conflicto, ni que vulneren los derechos de los saharauis.

10. “No hay sanciones internacionales”.

Las empresas conocen las oportunidades que ofrece la ausencia de reglamentación corporativa en el derecho internacional. “No tenemos conocimiento de ningún régimen de sanción internacional que impida tales inversiones en el Sáhara Occidental”, escribió Enel. A pesar de las objeciones morales y legales vinculadas a la infraestructura energética en el Sáhara Occidental, no existen sanciones internacionales, como ha impuesto la UE en Crimea. Sin embargo, los inversores extranjeros no necesitan sanciones internacionales para respetar los derechos soberanos del pueblo saharaui en virtud del derecho internacional.

11. “Se permite operar en un territorio no autónomo”.

Hay dos elementos en este enfoque: primero, la omisión deliberada de lo que distingue al Sáhara Occidental de otros territorios no autónomos (NSGT, por sus siglas en inglés), y segundo, comparaciones falsas con otros NSGT.

La ONU considera hoy que 17 territorios no son autónomos. De hecho, el Sáhara Occidental está en la lista de la ONU de tales territorios, pero hay una diferencia fundamental que lo diferencia de los otros 16 NSGT de la lista: es el único que no tiene una potencia administradora asignada.

Una potencia administradora es crucial. Ese Estado tiene la responsabilidad de asegurarse de que se respete el derecho a la autodeterminación. España hoy se niega a cumplir con esa obligación legal. El papel de Marruecos es el de ocupante, como se declara en la Resolución 34/37 de la ONU. Marruecos rechaza la terminología de la ONU de que el Sáhara Occidental es un NSGT.

Además, los pueblos de los otros 16 NSGT en la lista de la ONU han tenido la oportunidad de decidir si aceptan ser administrados por otra nación, que luego pasó a ser reconocida internacionalmente como la potencia administradora del NSGT. A pesar de las promesas de la comunidad internacional y de una misión de la ONU con el mandato expreso de organizar dicho referéndum, el pueblo del Sáhara Occidental aún no ha tenido la oportunidad de ejercer la autodeterminación. Si bien Marruecos inicialmente acordó celebrar un referéndum, cambió de opinión y no permitirá un referéndum que incluya la independencia como una opción. El pueblo del Sáhara Occidental nunca ha aceptado la presencia militar de Marruecos en parte de su tierra.

Sin embargo, existe un consenso internacional de que el pueblo del Sáhara Occidental tiene derecho a la autodeterminación: el derecho a decidir cuál debe ser el estatus del territorio y, como corolario, el derecho a los recursos naturales del territorio. Los saharauis aún no han tenido la oportunidad de ejercer ese derecho y, como resultado, es el estatus del territorio (no los derechos soberanos que han sido resueltos en 1975 por la Corte Internacional de Justicia) lo que permanece sin decidir. Por tanto, el pueblo del Sáhara Occidental tiene una voz decisiva sobre los recursos de su tierra. Como han señalado el Tribunal de Justicia de la UE, el Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Consejo de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, el consentimiento del pueblo del Sáhara Occidental para cualquier proyecto u operación en su tierra debe estar garantizado para que tal operación sea lícita.

Sin duda, está permitido operar en un territorio no autónomo, siempre que las autoridades pertinentes lo hayan autorizado. En el Sáhara Occidental, el derecho soberano de otorgar tal aprobación aún recae en el pueblo del territorio, a la espera del proceso de descolonización, que está bloqueado por Marruecos.

Según el derecho internacional humanitario, una potencia ocupante, Marruecos, puede utilizar los recursos de un territorio, pero con la condición de que dichas actividades estén orientadas al ejercicio de la libre determinación. Marruecos hace exactamente lo contrario en el Sáhara Occidental: el interés de Marruecos en el potencial económico del territorio se orienta exclusivamente al propósito de promover la aceptación de su ocupación ilegal del territorio.

Sin embargo, algunas empresas obviarán deliberadamente estas diferencias clave y simplemente señalarán otros NSGT para compararlos. En su sitio web, Ballance Agri-Nutrients escribe que "el Sáhara Occidental es un territorio no autónomo, uno de los 17 en todo el mundo, incluido Tokelau, que es administrado por Nueva Zelanda". Ravensdown destaca los ejemplos de Gibraltar y las Islas Malvinas en su documento de posición sobre el Sáhara Occidental. En "Una nota sobre Dajla, Marruecos" de Soluna se lee que "el estatus del Sáhara Occidental en las Naciones Unidas es el mismo que el estatus de las Islas Vírgenes Británicas o las Islas Caimán en las Naciones Unidas".

Pero al igual que los pueblos de todos los NSGT excepto el Sáhara Occidental, los habitantes de Gibraltar, las Islas Caimán, las Islas Vírgenes Británicas y las Islas Malvinas han podido expresar si aceptan sus potencias administrativas designadas, que también son reconocidas internacionalmente. Tokelau incluso celebró un referéndum sobre la autodeterminación y optó por una asociación libre con Nueva Zelanda.

Ya que estás aquí....

El trabajo de WSRW se lee y se usa más que nunca. Trabajamos de forma totalmente independiente y en gran medida de manera voluntaria. Nuestro trabajo requiere tiempo, dedicación y agilidad. Lo hacemos porque creemos que es importante, y esperamos que tú también lo creas. Buscamos donantes mensuales que puedan apoyar nuestro trabajo. Si contribuyes con 3€, 5€, 8€ mensuales... o lo que pudieras aportar, el futuro de WSRW estaría mucho mejor asegurado. Aquí puedes configurar rápidamente una contribución mensual a WSRW.

Asesora del Tribunal de la UE confirma el estatus separado y distinto del Sáhara Occidental

La Abogada General del Tribunal de Justicia de la UE respalda el estatus legal del pueblo del Sáhara Occidental. Se espera la sentencia final en unos meses.

21 marzo 2024

Asesora del TJUE: la fruta del Sáhara Occidental no debería etiquetarse como procedente de Marruecos

Etiquetar esos productos como originarios del Reino de Marruecos en lugar de originarios del Sáhara Occidental viola la legislación de la UE, concluye la Abogada General del Tribunal de Justicia de la UE.

21 marzo 2024

COWI abandona futuros proyectos en el Sáhara Occidental

Después de haber trabajado para la empresa estatal marroquí de fosfatos en el Sáhara Occidental, el gigante danés de consultoría COWI afirma que "no emprenderá más proyectos" en los territorios ocupados.

11 marzo 2024

Informe: La pesca UE-Marruecos depende de la ocupación ilegal

Un informe de evaluación externa del acuerdo de pesca UE-Marruecos 2019-2023 confirma que el acuerdo gira, en su totalidad, en torno al Sáhara Occidental.

08 marzo 2024